Antonio Ricardo: un documento del Archivo de Notarías de la Ciudad de México

Juan Pascoe ha publicado algunos libros fundamentales para la historia de la imprenta en México: Cornelio Adrián César, impresor en México, La obra de Enrico Martínez, Facsímil del primer impreso conocido oaxaqueño, &c. Estos tres libros aparecieron en impresión del propio Pascoe, que para ello usó la misma técnica que empleaban los impresores novohispanos. En este ensayo nos presenta un documento vital para la historia de la imprenta en el Perú, cuyo primer impresor, el italiano Antonio Ricardo, llegó desde México.

 

JUAN PASCOE*

 


 

          I. [Juan Pascoe:]

Antonio Ricardo nació (quizás en 1545) en Turín, ciudad culta y próspera en el norte de Italia, donde cursó su aprendizaje en la imprenta de Gerónimo Farina. Al cumplir su enseñanza, salió a buscar trabajo. Al parecer, su persona despertaba confianza y lograba convencer, pues en el único testamento suyo que se conoce, redactado en 1586 a causa de una enfermedad grave (pero no murió sino hasta 1605), hizo una lista de las ciudades en las que debía dinero: Turín, Lyon, Venecia, Medina del Campo, México (a Pedro Ocharte) y Lima. No se ha descubierto documento alguno que aclare el porqué de su viaje a la Nueva España (posiblemente) en 1570: quizá fuera una búsqueda de trabajo, continuación de su vida ambulante; tal vez fuera una manera de evadir los recordatorios constantes sobre sus deudas; quizá guardaba la esperanza de que la afamada riqueza del Nuevo Mundo haría posible resolver su situación económica. En 1577, luego de un libro impreso en colaboración con Pedro Ocharte, él, de buenas a primeras, era dueño de su propia imprenta.

Los jesuitas se establecieron en la Nueva España en 1572 y su actividad principal fue la fundación de colegios: ocho de los trece libros que imprimió Ricardo en México eran libros de texto para ellos, en cuyos pies de imprenta solía declarar: In Collegio Sanctorum Petri & Pauli. Apud Antonium Ricardum. Los libros que imprimió independiente de los jesuitas podrían decir: In aedibus Antonij Ricardi Typographia. Via apostolorum Petri & Pauli. Probablemente significa que la imprenta no se encontraba dentro del convento, sino en la calle, a un lado, y que ellos financiaban algunas de las ediciones, pero no todas. Las letras fundidas con que imprimía, así como las iniciales de madera, de excelente factura, no tenían relación con las de los otros impresores novohispanos. Era hábil, disciplinado, cumplido, culto, logrado. Alguien, sin duda, le brindaba apoyo económico.

Descubrió, como lo hicieron impresores anteriores y posteriores, que el cliente jamás preferiría que el impresor dedicara tiempo y esfuerzo a la creación de arte; no, quería el texto tan pronto y barato como fuera posible. Hacia 1580, en un arranque poco pensado, Ricardo dejó la Nueva España para dirigirse a Lima, Perú. Dejó a su esposa mexicana con la tarea de enviarle los pertrechos, quizá como fianza por su deuda de 2 300 pesos con Ocharte. Se fue de México con dos asistentes, Gaspar de Almazán y Pedro Pareja, pero sin permiso oficial. Pareja, “por ser español”, lo consiguió, pero Ricardo no, por “ser extranjero de los reinos de Su Magestad” (no se explica la denegación del permiso a Almazán) y se fueron de manera ilegal, vía Acapulco y Nicaragua (donde se encontraron varados durante medio año). La continuada ilegalidad de su estancia hizo que no pudiera empezar a imprimir en seguida, pero finalmente logró firmar sus portadas con Primero impressor en estos Reynos del Piru. Se conocen alrededor de 40 obras impresas por él hasta el año de su fallecimiento.

En La imprenta en Lima, de José Toribio Medina, se publican numerosos documentos referentes a la presencia de Antonio Ricardo en esa ciudad, pero, aparte de tres documentos en el primer tomo de La imprenta en México, sobre la estancia de Ricardo y sus asistentes en Nicaragua, hasta hoy —aun en el estado ruinoso del documento que en seguida se verá— no se ha conocido ninguno que aborde su vida en México. [Addenda: va uno más, al final de esta recopilación].

 

          II. Catálogo del Archivo de Notarías de la Ciudad de México [Glosa]:

Antonio Ricardo, impresor de libros de esta ciudad, acuerda con Gaspar de Almazán, artífice de hacer letras, vecino, apartarse de un concierto de servicio —realizado el 14 de noviembre de 1577—, ante Martín Alonso— en el que Gaspar de Almazán se obligaba a ayudar a Antonio Ricardo durante un año por precio de 450 pesos de oro común para el trabajo de Atanasio y Romançe, como se contiene en la escritura. Y habiendo asistido durante 4 meses, durante los cuales ha visto que el trabajo es poco, por tanto acuerdan que Gaspar de Almazán debe poner madera y una persona que supla su ausencia y todos los gastos se reparten a la mitad, dando Antonio Ricardo todos los pertrechos necesarios para llevar a buen fin, y manteniendo cada uno un libro de cuentas de gastos detallado; si en dicho tiempo Gaspar de Almazán tuviera 160 pliegos, Antonio Ricardo debe pagar la mitad, 150 pesos conforme a esa cantidad de pliegos. Con condición de que, si por negligencia de Antonio Ricardo se perdiera la imprenta, él quedará libre del compromiso, pero si, por el contrario, obtuviera sus peticiones y salieren ganancias de la imprenta, se las repartirán entre ambos. Testigos: Cristóbal Roldán, Antonio Pérez y Hernando de Montoya, vecinos.

 

          III. Archivo de Notarías de la Ciudad de México. Alonso Martín, Notaría 1, volumen 13 México, legajo 7, 25 de febrero de 1578. Folio 61/63v [234/245v]. Ficha 218. Concierto. [Documento solicitado por la Dra. María Isabel Grañén Porrúa. La transcripción es de Claudia Ballesteros César]:

Sepan quantos esta carta vie[ren] [como yo]
antonio ricardo ynpresor de li[bros]
desta çibdad de la una parte e [yo Gaspar]
de almaçan artifice de fazer letras y co[mpo]
ner vezino de la dicha çibdad de la otra otogam[os]
e conosçemos la una parte de nos a la otra y [la] otra a
la otra e dezimos que por quanto
en catorze dias del mes de nobienbre del
año pasado de quinientos y setenta e siete años […?]
y conçierto por la qual yo el dicho gaspar de
almaçan me obligue a estar y asistir en la [roto]
de vos el dicho antonio ricardo tienpo y espacio
de un año cumpido primero siguiente que com[ienza]
a correr y se contar desde dies dias del
mes por preçio de quatroçientos çincuenta
pesos de oro comund pagados como los fu[era]
trabajando e me obligue a conponerle
de prensa de forma y media de lectura y [roto]
formas de atanasia y romançe como se
contiene en la dicha escriptura que paso
ante martin alonso escribano de su magestad a que me refiero y a
viendo asistido en la dicha vuestra casa tiempo de
quatro meses conforme a la dicha escriptura visto
que el plazo que ansy me devia [?] conforme a el [?]
trabajo que tenia [?] poco trate de me
partir e apartar de la dicha escriptura y de su cum
plimiento e vos el susodicho dixistes no aver lugar
porque conforme a la dicha escriptura estava yo o
bligado a la cumplir e vos a me paga[r]
e por nos quitar de pleito de [roto]
y diferenzia fuemos de acuer[do] [roto]

escriptura de conçierto [roto]
sin ynovar en cosa alguna [roto]
fuerza fuerza en [roto]
gaspar de almazan fiziese [roto]
el dicho año conforme a la dicha [roto]
e vos el dicho antonio ricardo [roto]
vuestras prensas letras y los [roto]
[…?] en despacho de la dicha [roto]
vuestro cargo con e cesos [roto]
el suso dicho mi persona sin otra [roto] alguna
de que los gastos que se hizieren
en la dicha enprenta que son tinta
[…?] y una persona que ayade
y si la tal persona trabajare en servicio
de vos el dicho antonio ricardo al respeto
[…?] del dicho gasto conforme a lo que
[…?] los quales dichos gastos y costas
an de ser por mitad y si en tasar el dicho
servicio obiere pesadumbre y [?]
lo avemos de cometer y comete
mos a pedro [o]charte ynpresor para que lo de
termine y se a de guardar y cunplir lo
que el susodicho dixere y si dandome los dichos
recaudos necsecesarios dexare de trabajar e
asimismo abeis de dar vos el dicho ricardo todos los
petrechos nescessarios so pena que si
por culpa vuestra cesare la dicha obra esta
escritura y la de concierto fecha en catorze
dias del dicho mes de noviembre an de ser
en si ningunas e de nyngun valor y efeto
para que yo libremente disponga de mi
como bien bisto me fuere sin quedar
obligado a cosa alguna y si dandome los dichos
recaudos nescesarios dexare de trabajar se

[roto] ricardo me dieres co[roto]
[roto] escritura de concierto que vos [roto]
[roto] myll pesos de oro comun que es lo que [roto]
[roto] el susodicho podeis ynteresar e [roto]
perderiades por no cumplir yo la [roto]
escriptura por aver puesto los pertrechos ne[roto]
en que aveis gastado mucha suma de [pesos]
de oro en cumplimiento del concieto q[ue]
con mygo fezistes lo qual no gastaredes [roto]
[?] por el cumplimiento de la dicha escriptura y por
que se sepa y entienda lo que se gasta en
el dicho tiempo avemos de tener cada vno n[uestro]
libro y quenta de lo que se gastare en las
obras que asy se fizieren para que aya
[buena] quenta de la vna parte a la otra
y de la otra a la otra y el que no tub[iere]
el dicho libro e quenta a de pasar p[or]
que el otro tubire y de [?]
tal qual la tubiere por su juramento sin [roto]
prueba alguna de la qual a de ser reseb[ido]
y durante el dicho tiempo lo que se obiere g[asta]
do quitas las dichas costas y gastos a d[e]
llevar cada vno de nos la mytad de lo
que se obiere ganado y si en el dicho tiempo
restante de la dicha escriptura de concierto
el dicho gaspar de almazan obiere [roto]
ciento y sesenta pliegos vos tengo [roto]
dar e pagar de la mitad que [roto]
tresçientos y çinquenta pesos [roto]
conforme a los pliegos que fiziere [roto]
respeto y consideraçion a que [roto]
sesenta pliegos vos tengo de dar [roto]
çiento y çinquenta pesos porque [roto]

[roto] […?] resevidas por tan[to]
dicha escriptura de asiento con [roto]
susodichas […?]
toca prometemos e nos [obligamos]
de tener e guardar e cunp[lir]
la dicha escriptura de conçierto [roto]
…raçiones y condiçiones [entre renglones: arriba] [roto]
[tachado: jus] las quales guardarem[os] [roto]
remos segun dicho es e so las [roto]
contenidas que queremos se exe[cuten] [roto]
en nuestras personas y bienes[roto]
execuçion e cumplimiento de lo que dicho es obli
gamos y damos poder cumplido y
bastante a qualesquier juezes
e justiçias de su Magestad de qualesquier
fuero y jurisdiçion que sean [tachado: para que] y especial
mente a los juezes y justiçias desta çibdad
de mexico e a la audiençia real que en ella
rreside a cuyo fuero y juridiccion nos somete
mos con nuestras personas y bienes rrenunçian
do nuestro propio fuero y juridiçion domiçilio
y vezindad y la ley sit convenerit como
en ella se contiene […?] o en otra qualquier
manera nos conpelan
e apremien de lo asi tener e guardar e
pagar e cumplir […?] cumplida
mente como si sobre todo lo que dicho es fuese
dada sentençia definitiva de juez con
petente pasada en cosa juzgada

[…]
[roto] que sean en nuestro fabor y la [roto]
derecho que dize que general renunciacion [fecha de]
leyes no vala en testimonio de lo qual [roto]
gamos esta carta ante el escribano de su Magestad y testigos que [es]
fecha en la dicha çibdad de mexico en veint[e] [roto]
çinco dias el mes de hebrero año de[l]
nasçimiento de nuestro salvador Jesucristo de myll
e quinientos y setenta y ocho años y los dichos
otorgantes a los quales yo el escribano doy fe que conozco
lo firmaron de sus nombres en el registro
que fueron presentes a lo que dicho es crispobal roldan y Antonio
perez y hernando de montoya vesinos [de] mexico
Va escripto entre renglones o diz[e] arriba vala [roto]
o dezia de jus e o dezia para que no vala.
Antonio Ricardo [firma y rubrica]
Gaspar de Almaçan [firma y rúbrica]
Paso ante mi Martin Alonso escribano de su Magestad [firma y rúbrica]

 

          IV. [Juan Pascoe:]

1.        Los seis libros de Antonio Ricardo que aparecen en www.primeroslibros.org fueron compuestos e impresos entre 1577 y 1579, la época que abarca el documento. Las tres fuentes de letra que se observan en ellos son las que se mencionan: lectura (12 puntos), atanasia (14 puntos) y romançe (cursiva). (Ellos no utilizaban nuestro léxico para referirse a los cuerpos de las letras fundidas, pero desde los comienzos de la imprenta se establecieron patrones para los tamaños, y éstos se encuentran, nómbrense como se nombren, en todas las épocas). Por lo que se entiende en la primera parte del documento, Gaspar de Almazán se dedicaba a componer textos, quizá en su propio local, mientras que Ricardo los imprimía en el suyo. Esto pudiera significar que el taller de Ricardo era chico (aunque Almazán alude a “las prensas”, lo cual implicaría dos equipos de por lo menos tres obreros en cada una); o bien, que Ricardo repetía el patrón de su entrenamiento: el de no contar con un grupo fijo de trabajadores (todo indica que las imprentas de Pablos, Espinosa y Balli funcionaban así), sino contratar a los que requería según las necesidades.

2.        En su conjunto, los libros representan mucho trabajo. El último, De constructione octo partium orationis, Manuel Álvares, 1579, comienza bien, pero hacia la mitad del cuerpo el entintado se vuelve inexperto y el libro termina sin la perfección que caracterizaba la obra de Ricardo. Quizá él ya preparaba su viaje y, con fastidio y desinterés (o ya envuelto en algún conflicto), dejó la terminación del libro en manos de algún ayudante poco entrenado. Sin embargo, en los primeros libros suyos se exhibe trabajo excelente, cuidadoso y de lento proceder. Uno de estos libros alcanza las 546 páginas y otro, las 345: eran obras mayores. No puede creerse la queja de Almazán (si esto es lo que dice el documento) de que se apartaba por escasez de quehacer. Sospechamos una riña de otra índole. Una posibilidad: el peso de numerosas deudas pudo causarle angustia a Ricardo, misma que fácilmente se dirigía hacia aquellos que le rodeaban. Como colaborador cercano, es posible que Almazán recibiera muestras de ira de parte de Ricardo.

3.        La segunda parte de la declaración, donde se menciona que los dos debían llevar libretas con las cuentas de los gastos, además de la “producción” de cantidades de pliegos —se entiende que hablan de pliegos impresos— sugiere una relación laboral que se asemeja a la que tuvo Antonio Ricardo con Pedro Ocharte: que los dos trabajaban y financiaban proyectos en conjunto. Sin embargo, no se conoce impreso alguno donde Ricardo incluya el nombre de Almazán en el pie de imprenta; ni siquiera en el colofón.

4.       La mención de Pedro Ocharte es la primera de que se tenga conocimiento luego de las que aparecen en su proceso ante el Santo Oficio. El hecho de que se le nombra como árbitro ante cualquier posible conflicto entre los dos impresores lo coloca como la autoridad entre el gremio. De hecho, Ocharte era el impresor principal, el que tuvo relación con Juan Pablos, el más exitoso en su economía personal, el más antiguo.

5.       Al final del documento aparecen las firmas de Antonio Ricardo (la única firma novohispana que se le conoce) y de Gaspar de Almazán. Resulta sobremanera curioso encontrar que después de esta disputa —algo los llevó a formular el documento— se les encuentra a los dos, en compañía de Pedro Pareja (si éste recibió licencia para trasladarse a Perú por ser español, ¿qué era entonces Gaspar de Almazán?), en un viaje clandestino rumbo a un futuro incierto en una ciudad lejana y desconocida.

 

Hoja final del Concierto, con las firmas de Antonio Ricardo, Gaspar de Almazán y Martín Alonso

 

          V. Grado, Álvaro de, “traspaso de servicio” [sd.], noviembre de 1579. Catálogo de Protocolos del Archivo General de Notarías de la Ciudad de México, Fondo Siglo xvi. En línea. Ivonne Mijares (coord.), Seminario de Documentación e Historia Novohispana, México, Universidad Nacional Autónoma de México-Instituto de Investigaciones Históricas, 2014, http://cpagncmxvi.historicas.unam.mx/catalogo.jsp [consulta de Claudia Ballesteros César, 18 de enero de 2019]:

Antonio Ricardo, impresor, vecino de la ciudad de México, traspasa a Julián Dávila, contador mayor del estado de bi[enes] del Marqués del Valle, vecino de dicha ciudad, el servicio personal de una india chichimeca llamada María, de 1[7] años de edad, que hubo de Isabel de [Sa]lazar, viuda de Gonzalo de Carmona. La escritura contiene relación de los traspasos precedentes a éste. El traspaso es por 130 pesos de oro común. El escribano da fe de conocer al otorgante. Firmó. Testigos: García de Pirezca y Rodrigo Maldonado, vecinos de México.

 

VI.

En el catálogo en línea de Philadelphia Rare Books & Manuscripts Company (prb&m), Hispanic Miscellany, se describe un ejemplar del Tercero cathecismo y exposicion de la doctrina christiana, por sermones. Para que los curas y otros ministros prediquen y enseñen a los Yndios y a las demas personas. Impresso… en la Ciudad delos Reyes, Por Antonio Ricardo, 1585. En el quinto párrafo se lee:

Antonio Ricardo acostumbraba, en sus impresos, echar mano a una mezcla de letras y una gran variedad de letras capitulares grabadas en madera. Existe el inventario, en manuscrito, de la letra fundida, las capitulares, los grabados ilustrativos, etcétera, que eran de su propiedad, recopilado cuando vendió la imprenta. Se aprecia que para aquella fecha había juntado grandes cantidades de elementos tipográficos. El inventario, un donativo de Edward Harkness, se encuentra en la Colección de Manuscritos (Manuscript Division), de la Biblioteca Pública de Nueva York (New York Public Library).

 

[Consulta (y traducción) de Juan Pascoe: 20 de enero de 2019. 9:45 pm. Et hoc videtur quod luna eclipsatur].

Adición: En una comunicación personal del día 23 de enero de 2019, el catalogador de prb&m, David Szewczyk, me informa que, además del inventario de la imprenta limeña, existen entre aquellos manuscritos los contratos con sus oficiales (un encuadernador y uno que no sabía leer): que ellos vivirían en la imprenta misma, que tendrían cubiertos sus costos médicos y sus alimentos, aparte de sus salarios. Y además informa que Ricardo llevó ejemplares de los impresos novohispanos para su posible venta en Perú.◊

 


     

* JUAN PASCOE

Es tipógrafo, impresor e investigador. Fundador del Taller Martín Pescador, trabaja en un antiguo trapiche de las cercanías de Tacámbaro, donde imprime en prensas planas, con tipo móvil, sobre papel húmedo.